Poner a la venta una vivienda de tu propiedad es una de las mejores formas de sacar provecho económico de tu inversión. Además, supone una oportunidad única para ofrecer un producto muy preciado en un mercado, el inmobiliario, que según diversas perspectivas resulta especialmente atractivo en estos momentos.
Entre las diferentes ventajas que ofrece el hecho de confiar en un agente inmobiliario para la compraventa de una vivienda, y con el objetivo de llevar a cabo el proceso de venta de tu inmueble con todas las garantías, un agente inmobiliario puede ofrecerte ayuda y asesoramiento con los trámites y papeles que debes aportar obligatoriamente. ¿Qué documentación es, pues, necesaria para vender un inmueble de tu propiedad?
1. DNI original del vendedor
Es un trámite tan lógico que parece menor, pero es imprescindible que el propietario de la vivienda acredite su identidad y presente su DNI original (y no ninguna fotocopia) en el momento de la formalización de la compraventa. Si se presenta el pasaporte, deberá presentarse también el NIF (Número de Identificación Fiscal).
2. Copia de la escritura de la compra
Es obligatorio aportar el “objeto” de la venta, es decir, las escrituras que firmaste al momento de comprar la vivienda que estás vendiendo, para hacer unas escrituras nuevas que representen la propiedad de este inmueble.
3. Nota simple
La nota simple es un documento que expide el Registro de la Propiedad y que especifica quién es el propietario de la casa, cuál es su superficie y distribución, si el inmueble está libre de cargas y cuáles son las propiedades colindantes, entre otros aspectos.
4. Certificado de deuda cero de la hipoteca
Un inmueble siempre debe transmitirse libre de cargas. Por lo tanto, en caso de que tengas una hipoteca pendiente, en la nota simple todavía aparecerá como una carga; también en caso de que hayas amortizado tu hipoteca, pero no la hayas cancelado en el Registro de la Propiedad. Para poder vender tu propiedad necesitarás, pues, cancelar la hipoteca y pedir un certificado de deuda cero a la entidad bancaria donde la pediste.
5. Cédula de habitabilidad
Este trámite no es obligatorio en todo el Estado, pero sí en Cataluña. Se trata del documento que acredita que una vivienda cumple los requisitos de habitabilidad y solidez mínimos y las condiciones técnicas e higiénico-sanitarias que la hacen apta para ser destinada a residencia humana. Se consigue en las oficinas de vivienda de los municipios.
6. Certificado de eficiencia energética
El certificado de eficiencia energética es un documento que da información sobre el gasto energético anual aproximado del edificio en el que se ubica el inmueble e incorpora recomendaciones y mejoras para obtener un comportamiento energético más eficiente, aumentar el confort de la vivienda y reducir el gasto energético. En Cataluña, el organismo encargado de gestionar el certificado de eficiencia energética de edificios es el Instituto Catalán de Energía, quien autoriza un listado de técnicos que lo tramitan.
7. Certificado de ITE
La Inspección Técnica de los Edificios de Viviendas (ITE) es un documento que determina el estado del edificio observando, por ejemplo, elementos de la estructura del inmueble, el estado de fachadas y medianeras y otros aspectos relacionados con la seguridad o salubridad del edificio, y da orientaciones sobre las actuaciones a realizar para alcanzar un estado óptimo de conservación y mantenimiento. Todos los edificios de viviendas deben someterse a la ITE antes de cumplir los 45 años de antigüedad.
8. Recibo de pago del IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es uno de los gastos, en este caso un impuesto municipal, que pagan los propietarios de una vivienda sólo por el hecho de serlo. El IBI se calcula a partir del valor catastral y es de pago anual obligatorio. A la hora de vender un inmueble, el propietario debe acreditar que ha abonado el último recibo del IBI.
9. Certificado de estar al corriente de pago a la comunidad
El propietario debe resolver cualquier deuda con la comunidad de vecinos antes de formalizar la venta del inmueble. Con este motivo, el presidente o gestor de la comunidad de vecinos expide, de forma gratuita, un documento donde se certifica que el propietario está al corriente del pago de los gastos ordinarios y habituales del edificio, así como de posibles derramas que pueda haber y de las que el nuevo propietario no debe hacerse responsable.
10. Recibos pagados de los suministros
En el mismo sentido que el punto anterior, el propietario de una vivienda debe acreditar, mediante la presentación de los últimos recibos pagados, que no tiene ninguna deuda con las compañías de suministros (agua, luz y gas, así como internet y telefonía, en su caso) antes de vender el inmueble y hacer el cambio el nombre.
En Medilloguem te asesoramos en todas las gestiones relacionadas en la venta de tu vivienda. En caso de que quieras comprar o alquilar te orientamos y te acompañamos en la búsqueda y gestión de tu inmueble, porque somos expertos en el sector y tenemos un buen conocimiento del mercado inmobiliario y de los servicios complementarios en la compraventa y alquiler de una propiedad. Desde Medilloguem ofrecemos un trato personalizado y te proporcionamos la tranquilidad de estar asesorado durante todo el proceso.
Información legal: Medilloguem es un servicio inmobiliario integral especializado en el asesoramiento del alquiler y venta de inmuebles, tanto para propietarios como para inquilinos. Es prestado por MEDICONSULT COLEGIAL SL, NIF B 66165564, domicilio social Paseo de la Bonanova, 47, 08017 Barcelona, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, volumen 44046, folio 139, hoja 445.590, inscripción 1ª; inscrita en el Registro de Agentes Inmobiliarios de la Generalidad de Cataluña con el número 10929.