Beneficios fiscales para el inquilino de una vivienda de alquiler

Medilloguem

25 nov. 2022

Vivir de alquiler en vez de comprar un inmueble en propiedad presenta múltiples ventajas. Uno de los principales es favorecer la movilidad y flexibilidad en la vivienda, así como el ahorro que supone no tener que hacer un gasto muy grande en un momento determinado y, además, la reducción en cargas como los gastos de comunidad o determinados impuestos. Pero, además, vivir de alquiler también puede ser fiscalmente beneficioso.

Los inquilinos pueden también beneficiarse de deducciones fiscales por el hecho de vivir de alquiler, y, además, algunas comunidades autónomas aplican su propia deducción en la declaración de la renta para los arrendatarios, siempre que se cumplan determinados requisitos de edad e ingresos.

Las ventajas fiscales que supone alquilar una vivienda como inquilino son varias deducciones: 

  • Estatal sin límite de edad: los contribuyentes cuya base imponible máxima no supere 24.107,20 euros podrán aplicarse una deducción del 10,05 % de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler, teniendo en cuenta un límite máximo que varía en función de la base imponible, pudiendo ser:
    • Cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales: 9.040 euros anuales.
    • Cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales: 9.040 euros menos el resultado de multiplicar por 1,4125 la diferencia entre la base imponible y 17.707,20 euros anuales.

 

  • Autonómica con límite de edad: cada comunidad autónoma tiene su propia deducción y no es necesario superar una determinada edad ni un volumen de ingresos para poder beneficiarse de ella. En Cataluña, existe disponible una deducción autonómica para arrendatarios por el alquiler de vivienda habitual del 10 %, con un límite máximo de 300 euros anuales, siguiendo alguna de las siguientes condiciones: 
    • El inquilino debe tener menos de 32 años.
    • La suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente menos el mínimo personal y familiar no deben superar los 20.000 euros anuales.
    • Haber estado en paro durante 183 días o más durante el 2021.
    • Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.
    • Ser viudo o viuda y tener 65 años o más. 
    • El pago del alquiler debe suponer más del 10 % del salario del contribuyente. 
    • Si el contribuyente pertenece a una familia numerosa, el máximo de la deducción es de 600 euros/año.

 

Aunque tenga derecho a la deducción más de un contribuyente que viva en una misma vivienda, no se puede dar lugar a aplicar una deducción superior a 600 euros para un mismo inmueble.

 

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Legal: Medilloguem es un servicio inmobiliario integral especializado en el asesoramiento del alquiler y venta de inmuebles, tanto para propietarios como para inquilinos. Es prestado por MEDICONSULT COLEGIAL SL, NIF B 66165564, domicilio social Paseo de la Bonanova, 47, 08017 Barcelona, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, volumen 44046, folio 139, hoja 445.590, inscripción 1ª; inscrita en el Registro de Agentes Inmobiliarios de la Generalidad de Cataluña con el número 10929.